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INTRODUCCIÓN:
Pocos son los datos que poseemos en Fuente-
Para la elaboración de este trabajo nos hemos basado mayormente en los Libros custodiados en dicho A. P.; no obstante, y como base a las consecuencias derivadas de aquella contienda, también apuntamos otras notas contenidas en el Archivo Municipal de Priego (A. M. P.).
LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA ESPAÑOLA:
Por el tratado de Fontainebleau (1807), el ejército francés entra en la Península Ibérica con la excusa de tomar Portugal; pero, como se comprobaría, las pretensiones de Napoleón eran más ambiciosas: hacerse con las principales poblaciones españolas comenzando por Madrid y convertir a España en un estado satélite francés.
Tras los acontecimientos ocurridos en la capital de la Nación el 2 y 3 de mayo, las tropas francesas -
La noticia de aquellos sucesos y del levantamiento del pueblo de Madrid contra las tropas francesas sería conocida en el País a través del bando firmado el 2 de mayo por los alcaldes de Móstoles -
Lucena, Priego… o en la isla de Cabrera, en donde finalmente fueron confinados[6].
Después de la Batalla de Bailén, José I abandona Madrid; mas la venida de Napoleón a España en noviembre de 1808 cambiará de nuevo la suerte de la Guerra. En enero de 1810 José I y su general en jefe Soult emprenden la conquista de Andalucía. Córdoba es tomada el 26 de enero de 1810 por las tropas francesas a cuyo frente marchan José I y el mariscal Víctor[7], permanecerán hasta el 3 de septiembre de 1812, fecha en que franceses y afrancesados salen llevándose en retirada cuantas riquezas pudieron transportar. Sevilla cae el 1 de febrero también sin ofrecer resistencia, más bien recibe al “Intruso” y al mariscal con todos los honores y agasajos. Desde aquí, Víctor se dirige a Cádiz, llega el 5 de febrero y establece su cuartel general.
Por lo que respecta a la zona Sur de nuestra provincia y zonas limítrofes vemos que ese mismo año de 1810 los dragones franceses llegan a Lucena por primera vez el 24 de enero. El 11 de septiembre hay una revuelta en Rute que tiene que sofocar el Barón de Saint-
Pocos son los datos que poseemos en Fuente-
Para la elaboración de este trabajo nos hemos basado mayormente en los Libros custodiados en dicho A. P.; no obstante, y como base a las consecuencias derivadas de aquella contienda, también apuntamos otras notas contenidas en el Archivo Municipal de Priego (A. M. P.).
LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA ESPAÑOLA:
Por el tratado de Fontainebleau (1807), el ejército francés entra en la Península Ibérica con la excusa de tomar Portugal; pero, como se comprobaría, las pretensiones de Napoleón eran más ambiciosas: hacerse con las principales poblaciones españolas comenzando por Madrid y convertir a España en un estado satélite francés.
Tras los acontecimientos ocurridos en la capital de la Nación el 2 y 3 de mayo, las tropas francesas -
Lámina.1
Referente a Fuente-
Lámina.2
Cabildo Particular
En Fuente-
Lámina.3
Comparando el saldo de ese año con el de 1807, según Cabildo de 1 de enero de 1808, vemos que hay un abismo entre ellos: en 1811 hay un superávit de nueve reales y medio, mientras en 1808 quedaron sobrantes del año anterior 3.046 reales con 25 maravedís[15], lo que viene a significar que muchos de los hermanos en 1810 no satisficieron sus entradas por las razones que de momento desconocemos. No por ello, en el Cabildo del año de 1812 se observa una ligera recuperación: cargo 1.313-
Lámina.4
Benerable Hermandad: Vien consta á VVs. la obligacion que de tienpo immemorable tiene esta hermandad de asear la Yglesia , procurar de la reposicion de esteras para ella y de mas reparos consequentes á su curiosidad y á dorno, y q. e no puede tenr efecto en el presente año por razon a q.e no hay fondo suficiente en el Zepo de esta hermandad, a no ser q. e animados los hermanos y demas moradores de esta Poblacion de los vivos deseos que deberian reynar en sus corazonesse commobiesen a contribuir con sus acostumbradas limosnas. Esto al presente no se berifica, mas si en algun tiempo[20]
(Lám. 4) Se ejecuta, podra la Hermandad seguir en sus religiosas costumbres. y en el entretanto el expresado Sr Cura, pide y encarga a toda la hermandad no echen en olbido las instituciones primitibas y esta su propuesta, que solo es su objeto el bien y consolidacion de esta hermandad.
Lámina.5
Los hermanos concurrentes escucharon con atencion y agrado el dictamen del Sr Cura, y despues de haberle dado las mas expresibas gracias, procedieron a nombrar… el hermano mayor… el qual despues de haber azeptado, nombro por Zeladores… que prometieron desempeñar su cargo y vivir en compañia de toda la hermandad con el Sto temor de Dios…[21] (Lám. 5).
Pero la Guerra de la Independencia no afecta en demasía al número de matrimonios y velaciones. Así se comprueba que en 1807 se celebran 18, en 1808, 24; en 1809, 21[22]; en 1810, 48; en 1811, 36; en 1812, 17; en 1813, 33; en 1814, 27, y en 1815, 27[23]. Y por lo que respecta a los bautizos vemos que en 1807 se bautizan 100 niños, en 1808, 92; en 1809, 104[24]; en 1810, 101; en 1811, 104; en 1812, 116; en 1813, 97; en 1814, 116[25], y en 1815, 113[26].
Lámina.6
El Libro de Defunciones 1 tampoco nos aporta nada significativo, al menos en cuanto a hechos relacionados con la presencia francesa, ya que el cura -
En el Libro 2º sí hay un dato que consideramos de relevancia: El 19 de septiembre de 1812, fue sepultado en esta Ayuda de Parroquia de fuente de toxar un hombre que se halló en las inmediaciones de Castil de Campos muerto de un balazo en la cabeza de resultas de una prisión que hicieron en referida población las tropas españolas. Su nombre se ignora y sólo se sabe, aunque dudoso, que le nombraban con el apellido de Fuerte y que tal ver sería de la zona de Úbeda. Su entierro fue de caridad. Y lo firmé, Don José de Luque[28] (Lám. 6). Como puede comprobarse, esta fecha (19 de septiembre) es unos días posterior a la salida de los gabachos de Alcalá la Real (15 de septiembre) y a la retirada de los de Lucena (27 de agosto), por lo que existe la posibilidad que el tal Fuerte fuese un afrancesado (¿un francmasón?) huido de la Justicia -
Una vez que los franceses abandonan estas tierras, desde Cádiz se envía a las autoridades eclesiásticas de todo el país el Decreto de 11 de agosto de 1812 que, en su apartado 8, venía a decir: Si algún párroco hubiera favorecido de cualquier forma al partido josefino y a los afrancesados, el obispo de la diócesis correspondiente suspenderá al clérigo ipso facto de sus funciones[30]. Y por lo que se ve, la postura política de los curas tojeños durante el periodo 1808-
CONSECUENCIAS
La Constitución de 1812, promulgada en Cádiz el 19 de marzo de ese año, va a suponer un cambio profundo, aunque efímero, en la historia tojeña; ya que la Carta Magna , en el Título VI (Del Gobierno interior de las Provincias y de los Pueblos), Capítulo I (De los Ayuntamientos), Artículo 310, se especifica: Se pondrá ayuntamiento en los pueblos que no le tengan, y en que convenga le haya, no pudiendo dejar de haberle en los que por sí o con su comarca lleguen a mil almas, y también se les señalará término correspondiente. A ese artículo, en el mismo Título y Capítulo, se añaden otros no menos significativos: Art. 315.-
Así, pues, la primera consecuencia derivada de la naciente Constitución fue que Fuente-
Ruiz Luque, Ruiz-
Una ver constituido el Ayuntamiento se procederá, en primer lugar, a dictar las pautas a seguir en asuntos jurisdiccionales, judiciarios y gubernativos y, por supuesto, al amojonamiento del término, lo que llevará a continuos enfrentamientos entre los dirigentes locales de Priego y Fuente-
Lámina.7
En una partida de bautismo extendida el 31-
Lámina.8
Haciendo un análisis observamos dos detalles. El primero aparece al comienzo -
Lámina.9
Por lo que respecta a los artículos 315 y 316 de la Constitución del 12, vemos, como probable, que el Alcalde de Fuente-
Lámina.10
Líneas arriba, señalábamos, como probable, la existencia de una cierta relajación en los asuntos religiosos por parte de los tojeños, como así deja entrever el cura don Antonio de Leiva Hidalgo en el Cabildo que se celebra el 1 de enero de 1824. Preocupación que le sigue obsesionado cuatro años después, ya que, al parecer, el espíritu piadoso de antaño se ha perdido: Nota.-
Lámina.11
Comparando estas dos últimas fechas, comprobamos que corresponden ya a la restauración del Segundo Periodo Absolutista, a la llamada Década Ominosa (1823-
Lámina.12
Cuatro años después -
COMENTARIO FINAL
A lo largo de las líneas antecedentes hemos anotado la alarma y temor a nivel general suscitada en España debido a la invasión francesa. Por lo que respecta a la comarca en la que se halla Fuente-
Una vez replegado el ejército josefino en 1812, otros dos hechos significativos tienen lugar en el pueblo y sus alrededores: el enfrentamiento armado en las inmediaciones de Castil de Campos entre unos supuestos afrancesados y, tal vez, las Milicias Nacionales y la jornada de júbilo como consecuencia de la retirada gala.
Pero, sin lugar a dudas, la consecuencia de mayor significado fue la instauración en 1813 del primer ayuntamiento tojeño y la delimitación de su término a raíz de la Constitución de 1812 y, como no, la decepción y desencanto de munícipes y ciudadanos al ver sus nobles ilusiones perdidas tras la restauración del Absolutismo monárquico y la vuelta al Antiguo Régimen en 1814.
Mas las experiencias vividas en menos de un bienio no se disiparían de aquellas mentes quiméricas, sino que volvieron a reverdecer en 1820, aunque otra vez por poco tiempo, sólo durante el Trienio Liberal; después, las consecuencias fueron más nefastas para quienes a lo largo de varias centurias, por no decir milenios, habían permanecido unidos: la nueva Roma dividió y venció.
Al concluir, quisiéramos tener presentes otros dos temas que, aunque parecen desviarse del título de este trabajo, están muy relacionadas con él.
El primero es consecuencia del pronunciamiento de Riego en marzo de 1820 y de la restauración de la Constitución de 1812 y con ella el restablecimiento de los municipios y ayuntamientos democráticos –algunos nacidos a raíz de La Pepa-
La segunda cuestión se refiere a D. Valentín Ceballos Montoro, primer Alcalde Constitucional de Fuente-
Lámina.13
D. Valentín falleció en 1846 a los setenta y dos años[56], es decir, 38 años después del inicio de la Guerra de la Independencia y a los 32 años de haber finalizado. Tenía, pues, 34 años cuando la invasión francesa, por lo que muy bien pudo haber participado activamente en la contienda como soldado regular. Cuando murió era Capitán retirado, así consta en su partida de defunción, que recogemos completa: Como Cura Teniente de esta Vice-
1] LEIVA BRIONES, F. (1996b).-
[3] La Junta Suprema de España e Indias, con sede en Sevilla, y una vez difundidas las Abdicaciones de Bayona, declara la Guerra a Napoleón el 6 de junio.
[4] Cfr. CALVO POYATO, J. (1984): Las tropelía de Dupont”. En Historia 16, nº 97, pp. 27-
[10] GARRAMIOLA PRIETO, E. (1983): “Los días napoleónicos en Montilla”. En Córdoba en sus Cronistas. Retazos de Historia de la provincia, pp. 61-
[12] Ibídem, Folio 115.
[13] Ibídem, Folio 115 V.
[14] Ibídem, Folio 116.
[15] Ibídem, Folio 111.
[16] Ibídem, Folio 119.
[17] Ibídem, Folio 120.
[18] En la Fiesta del Rosario sólo se gastan doce 12 rs. más 160 rs. del situado del P. Predicador. En total 172 rs. Ibídem, folio 120V.
[19] Ibídem, folios 120V-
[21] Ibídem, folio 147V.
[22] A. P. Libro de Desposorios 1, folios 218-
[28] A. P., Libro 2º, Folio 25V.
[29] La Constitución de Cádiz en su Capítulo VII (De las facultades de las Cortes), Art. 131, facultad undécima se especifica: “Dar ordenanzas al ejército, armada y milicia nacional en todos los ramos que los constituyen”. La Milicia Nacional fue regularizada en 1814, el 15 de abril.
[30] Para ello, los obispos debían haber mostrado su interés por la causa fernandina, hecho que, quizá, no pudo comprobarse en los obispos de Jaén y Córdoba, que se inclinaron, por lo que fuese, por la josefina; sin embargo, el obispo-
[37] RUIZ LUQUE, F.; RUIZ-
[39] A. P. Libro de Defunciones 2, folio 41 V.
[40] A. P. Libro de Bautismos 3, folio 170V.
[41] A. P. Libro de Defunciones 2, folio 86.
[42] La última vez, de momento, se halla en el Libro de Desposorios 2, folio 69V: “En fuente toxar a 15 del mes de mayo de 1814… velé y di las bendiciones nupciales a Ramón Granado y María Magdalena Molina…”
[43] Ibídem, folio 70.
[44] A. P. Libro de Bautismos 3, folio 174. La última vez que aparece “En fuente toxar a…” es 5 días antes: En Fuente toxar a 22 días del mes de agosto de mil ochocientos catorse, yo Don José Páez, Presbítero, con lisensia de Don José Luque… por su ausencia bauticé solemnemente a una niña que nació el dieciocho del corriente y le puse por nombre Antonia Elena. Hija legítima de Ricardo Cordón y de María Ximénez…”, ibídem, folios 173V-
[46] ¿Tendrá que ver este periodo con las anécdotas que me contaron mis antepasados acerca de la Inquisición y de la Masonería en Fuente-
[51] A. P.: Libro de Defunciones 2, folio 87.
[52] En el siguiente documento, conservado en el A. P., Libro de Bautismos 5, folio 21, vuelve aparecer Fuente-
[54] A. P., Libro de Defunciones 2, folio 100. Cfr. LEIVA BRIONES, F. (2007d): op. cit. pp. 486-
[56] A. P.: Libro de Defunciones 2, op. cit, folios 268V-
LEIVA BRIONES, F. (2008): “ LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA ESPAÑOLA Y SUS CONSECUENCIAS EN FUENTE-